Con hijos menores
Con carácter general, el uso se atribuye al progenitor con quien conviven los hijos mientras sea necesario para cubrir su necesidad de vivienda. Puede tener un límite temporal.
Hipoteca y propiedad
Atribuir el uso no cambia la titularidad ni la deuda hipotecaria. Si el piso es común, puede acordarse venderlo, adjudicarlo a uno de los cónyuges o mantener la copropiedad.
El uso de la vivienda familiar no depende de quién figure como propietario, sino de las circunstancias: sobre todo con quién viven los hijos menores y las necesidades de cada cónyuge. Puede atribuirse de forma temporal o más prolongada según el caso.
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