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¿Qué plazo hay para presentar el impuesto de sucesiones en Catalunya?

Con carácter general, el plazo es de seis meses desde el fallecimiento. Es posible solicitar una prórroga, pero siempre antes de que termine el plazo ordinario. Presentarlo tarde conlleva recargos, así que conviene empezar pronto.

Actualizado el 17 de octubre de 2026 · Bufet Delgado Tordera

Plazo y prórroga

El impuesto se liquida ante la Agència Tributària de Catalunya en seis meses desde la fecha del fallecimiento. La prórroga debe solicitarse dentro del margen que marca la normativa.

Qué documentos reunir

Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, y datos de cuentas, inmuebles y deudas del fallecido.

En resumen

Con carácter general, el plazo es de seis meses desde el fallecimiento. Es posible solicitar una prórroga, pero siempre antes de que termine el plazo ordinario. Presentarlo tarde conlleva recargos, así que conviene empezar pronto.

Si necesitas ayuda con tu caso, consulta nuestro servicio: Abogado para aceptar o renunciar a una herencia en Tordera.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento fuera de plazo?

Pueden aplicarse recargos e intereses de demora, que aumentan cuanto más se tarda.

¿Hay bonificaciones?

Existen reducciones y bonificaciones que dependen del parentesco y de las circunstancias; se revisan al preparar la liquidación.

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