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¿Qué indemnización me corresponde por despido improcedente?

Con carácter general, en contratos posteriores al 12 de febrero de 2012 son 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para el periodo anterior se aplican 45 días por año. El cálculo exacto depende de tu antigüedad y salario.

Actualizado el 17 de octubre de 2026 · Bufet Delgado Tordera

Cómo se calcula

Se multiplica el salario diario por los días de indemnización y por los años de servicio, prorrateando los meses. Se tienen en cuenta la antigüedad real y los conceptos salariales.

Qué más puedes reclamar

Además de la indemnización pueden reclamarse salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y otras cantidades. Un despido puede ser también nulo, con consecuencias distintas.

En resumen

Con carácter general, en contratos posteriores al 12 de febrero de 2012 son 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para el periodo anterior se aplican 45 días por año. El cálculo exacto depende de tu antigüedad y salario.

Si necesitas ayuda con tu caso, consulta nuestro servicio: Abogado de despidos en Tordera.

Preguntas frecuentes

¿Puede la empresa readmitirme?

En el despido improcedente la empresa elige entre readmitir o indemnizar; en el nulo debe readmitir.

¿Tributa la indemnización?

Existen exenciones hasta ciertos límites; conviene revisarlo con el cálculo concreto.

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